LIBERA DE TODO DERECHO, IMPUESTO O CONTRIBUCIÓN LA INTERNACIÓN DE LOS ELEMENTOS QUE INDICA, DESTINADOS AL INSTITUTO DE HUMANIDADES "MIGUEL LEÓN PRADO", DE SAN MIGUEL; CONDONA EL PRÉSTAMO DE E° 60.000 OTORGADO POR LA CORPORACION DE FOMENTO DE LA PRODUCCION AL CLUB DEPORTIVO O'HIGGINS
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE LEY:
Artículo 1°.- Autorízase la internación y libérase del pago de derechos de internación, de almacenaje, de embarque y desembarque, derechos consulares, de los impuestos establecidos en el decreto supremo 2.772, de 18 de agosto de 1943 y sus modificaciones posteriores, y, en general, de todo derecho o contribución que se perciba por intermedio de las Aduanas, aun cuando la mercadería esté aforada, como asimismo, de las obligaciones de depósito que estuvieren vigentes a un gabinete complementario de Física "PHYWE", compuesto de 351 elementos para realizar experimentos de física, incluso manual de instrucciones, destinados al Instituto de Humanidades "Miguel León Prado" de la comuna de San Miguel.
Si dentro del plazo de cinco años, contado desde la fecha de su importación, las especies referidas en el inciso anterior fueren enajenadas a cualquier título o se les diere un destino distinto, se aplicarán las sanciones establecidas en el artículo 197° letra e) del decreto con fuerza de ley 213, de 1953, sobre Ordenanza de Aduanas.
Artículo 2°.- Condónase el préstamo de E° 60.000 otorgado por la Corporación de Fomento de la Producción al Club Deportivo O'Higgins en cumplimiento del acuerdo 228 de la Comisión Permanente de Industrias de fecha 12 de julio de 1965, con cargo al ítem 701 Inversiones Fondos del Cobre, ley 11.828, provincia de O'Higgins, del Presupuesto de Capital de 1965.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, cuatro de octubre de mil novecientos sesenta y siete.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Sergio Molina.