Ley núm. 11,580
CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DON AVERCIO BUSTOS ABURTO
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Avercio Bustos Aburto, una pensión de tres mil pesos ($ 3.000) mensuales.
El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y teniendo presente que el Congreso Nacional ha desechado las observaciones formuladas por el Presidente de la República e insistido en la aprobación del proyecto de ley que precede, de acuerdo con el Art. 54 de la Constitución Política del Estado promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a veinte de Agosto de mil novecientos cincuenta y cuatro.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- J. Prat E.