Ley núm. 11.603

ABONA POR GRACIA A DON EDMUNDO SIR SEPULVEDA EL TIEMPO QUE INDICA

    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    Artículo único. Abónanse, por gracia y para todos los efectos legales, en la hoja de servicios del señor Edmundo Sir Sepúlveda, un año, un mes y ocho días que sirvió como secretario privado del Embajador de Chile, en la República del Perú.

    Y teniendo presente que el Congreso Nacional ha desechado las observaciones formuladas por el Presidente de la República e insistido en la aprobación del proyecto de ley que precede, de acuerdo con el artículo 54 de la Constitución Política del Estado, promúlgase y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a siete de Septiembre de mil novecientos cincuenta y cuatro.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Jorge Prat E.