Artículo 11°.- Autorízase a la Municipalidad de Collipulli para destinar a la iluminación de la Plaza de Armas de la comuna, los excedentes producidos por la contribución extraordinaria establecida en el artículo 3° de la ley 10.043, publicada en el Diario Oficial de fecha 6 de noviembre de 1951, y cuyo monto asciende a la suma de E° 8.200,72.