Artículo 4° Al personal señalado en la presenteLEY 17931
ART 1° a) ley, que sea encasillado en las Plantas de la Dirección General de Aeronáutica Civil le será válido, para todos los efectos legales, el tiempo servido en sus actuales empleos.
ART 1° a) ley, que sea encasillado en las Plantas de la Dirección General de Aeronáutica Civil le será válido, para todos los efectos legales, el tiempo servido en sus actuales empleos.