ARTICULO 12.- Modifícase en el artículo 45 del D.F.L. N° 209, de 1953, la frase: "En quinto grado las hermanas legítimas solteras huérfanas" cambiándose su redacción por la siguiente: "En quinto grado las hermanas solteras huérfanas que carezcan de medios propios de vida iguales a un sueldo vital y medio o más mensual de la escala A) del departamento de Santiago.".