ARTICULO 23.- Declárase que el artículo 8° de la ley N° 16.605 ha regido y continuará rigiendo para el personal del Servicio Nacional de Salud. Sin embargo, el Director General de Salud dictará las normas que a contar del día 1° de julio de 1968 regirán para la debida aplicación de dicha disposición, señalando los establecimientos y el personal que se regirá por ellas, con visación de la Dirección de Presupuestos.
Al personal del Servicio Médico Nacional de Empleados no afecto a la ley N° 15.076, se aplicará laLEY 17304
Art. 11
D.O. 16.05.1970 asignación a que se refiere el inciso cuarto del artículo 79° del D.F.L. N° 338, de 1960. Los trabajos extraordinarios que efectúe ese personal se realizarán de acuerdo con las normas que dicte el Vicepresidente Ejecutivo del Servicio, con visación de la Dirección de Presupuestos, y no estarán sujetos a la limitación de horarios nocturnos o en días festivos establecida en dicho artículo.
Art. 11
D.O. 16.05.1970 asignación a que se refiere el inciso cuarto del artículo 79° del D.F.L. N° 338, de 1960. Los trabajos extraordinarios que efectúe ese personal se realizarán de acuerdo con las normas que dicte el Vicepresidente Ejecutivo del Servicio, con visación de la Dirección de Presupuestos, y no estarán sujetos a la limitación de horarios nocturnos o en días festivos establecida en dicho artículo.
Declárase que el pago de E° 100.- hecho por el Servicio Nacional de Salud a sus funcionarios en el mes de marzo del año en curso, constituye un anticipo del beneficio contemplado en el inciso tercero del artículo 18 de la presente ley, y libérase de toda responsabilidad a los funcionarios que intervinieron en dicho pago.
NOTA:
El artículo 14 del DL 272, Hacienda, publicado el 18.01.1974 y 13 del DL 294, Hacienda, publicado el 31.01.1974, declaran que las disposiciones de este artículo no han sido modificadas por el decreto ley 249, de 1974.
El artículo 14 del DL 272, Hacienda, publicado el 18.01.1974 y 13 del DL 294, Hacienda, publicado el 31.01.1974, declaran que las disposiciones de este artículo no han sido modificadas por el decreto ley 249, de 1974.