ARTICULO 189.- Intercálanse en el Párrafo de la letra b) del artículo 87 de la ley N° 16.735, a continuación de las palabras "Superintendencia de Seguridad Social", las palabras "Superintendencia de Compañías de Seguros, Sociedades y Anónimas y Bolsas de Comercio y Superintendencia de Bancos".