ARTICULO 293.- Modifícase el artículo 27 de la ley N° 16.250, en la siguiente forma:
    a) En el inciso primero, reemplázase la frase "del nueve por ciento" por la siguiente: "máximo convencional"; sustitúyese la palabra "diez" por "tres", y suprímese el punto final y agrégase la siguiente frase: "y para financiar obras de adelanto local", y b) En el inciso final, reemplázase el punto (.) por una coma (,) y agrégase la siguiente frase:
"facultándose a la primera para emitir bonos de tipo de interés señalado, con amortización semestral de hasta 17%.".