MODIFICA LA LEY N° 14.948 Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Reemplázase en el artículo 2°, letra b), de la ley número 14.948, la frase "para la reparación total", por la siguiente: "para la reconstrucción".
Y por cuanto, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, veintitrés de Agosto de mil novecientos sesenta y ocho.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Sergio Ossa Pretot.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Dios gue. a Ud.- Carlos Valenzuela R., Subsecretario de Obras Públicas.