Artículo 8°.- La Municipalidad de Futrono deberá consultar en su presupuesto anual, en la partida de ingresos extraordinarios, los recursos que produzca la contratación del o los empréstitos, y en la partida de egresos ordinarios los fondos necesarios para atender el servicio del o los empréstitos respectivos. Asimismo, deberá consultar en la partida de egresos extraordinarios las cantidades que se inviertan en la ejecución de las obras a que se refiere el artículo 2° de esta ley.