ESTABLECE RÉGIMEN ARTESANAL DE EXTRACCIÓN POR ORGANIZACIÓN PARA LAS PESQUERÍAS ARTESANALES DE ANCHOVETA Y SARDINA COMÚN EN REGIÓN QUE INDICA
Núm. 332 exento.- Santiago, 6 de febrero de 2009.- Visto: Lo informado por el Departamento de Análisis Sectorial de la Subsecretaría de Pesca en Memorándum Técnico (D.A.S.) Nº 06/09; el Oficio (DJ) Ord. Nº 2120 de fecha 24 de noviembre de 2008, de la Subsecretaría de Pesca, que da cuenta de la consulta efectuada por la Subsecretaría al Consejo Zonal de Pesca de la V, VI, VII, VIII y IX Regiones e Islas Oceánicas; el Oficio Ord. Nº 430074508, de fecha 26 de noviembre de 2008, del citado Consejo Zonal, que da cuenta de la consulta efectuada por dicho Consejo a las organizaciones de pescadores artesanales de la VIII Región; los Oficios Nº 430084008 y Nº 430090908, ambos del referido Consejo, que envían listado y documentación de organizaciones que participarán en el Régimen Artesanal de Extracción Pelágico 2008 para la VIII Región; el Oficio Nº 430008009, de fecha 3 de febrero de 2008, que da cuenta del pronunciamiento del ya citado Consejo Zonal, respecto del Informe Técnico elaborado por la Subsecretaría; lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política del Estado; el D.F.L. Nº 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las leyes Nº 19.713, Nº 19.822 y Nº 19.849; el D.S. Nº 296 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el Reglamento del Régimen Artesanal de Extracción establecido en el artículo 48 A de la Ley General de Pesca y Acuicultura; los D.S. Nº 409 de 2000 y Nº 11 de 2003, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que las pesquerías artesanales de Anchoveta Engraulis ringens y Sardina común Strangomera bentincki en la VIII Región se encuentran con su acceso suspendido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
Que el artículo 48 A de la Ley General de Pesca y Acuicultura, incorporado por la ley Nº 19.849, establece la facultad y el procedimiento para establecer el Régimen Artesanal de Extracción en las pesquerías que tengan su acceso suspendido conforme los artículos 33 o 50 de la citada ley.
Que se ha consultado previamente el establecimiento del Régimen Artesanal de Extracción y la unidad de asignación que se pretende establecer, al Consejo Zonal de Pesca de la V, VI, VII, VIII y IX Regiones e Islas Oceánicas y a las organizaciones de pescadores artesanales de la VIII Región.
Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos y términos establecidos en el D.S. Nº 296 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el Reglamento del Régimen Artesanal de Extracción establecido en el artículo 48 A de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
Decreto:
Artículo 1º.- Las organizaciones de pescadores artesanales sometidas al Régimen Artesanal de Extracción en la VIII Región, pesquerías de Anchoveta Engraulis ringens y Sardina común Strangomera bentincki, por unidad de asignación organización de pescadores artesanales, son las que se indican a continuación:
Organización
1 Agrupación de Armadores y Pescadores Pelágicos de Caleta Tubul, Registro de Organización Comunitaria Funcional 478-2007 2 Agrupación Gremial de Productores Pelágicos, Armadores Artesanales de Talcahuano, Región del Bío Bío AGREPAR BÍO BÍO A.G., Registro de Asociaciones Gremiales Nº 468-8 3 Asociación de Armadores, Pescadores Artesanales y Actividades Afines de la Octava Región, Asociación Gremial ARPESCA A.G., Registro de Asociaciones Gremiales 429-8 4 Asociación Gremial Armadores Artesanales Pelágicos Coronel-Lota del Bío Bío, ARPES BÍO BÍO A.G., Registro de Asociaciones Gremiales 445-8 5 Asociación Gremial Armadores y Pescadores Artesanales, SIARPAR A.G., Registro de Asociaciones Gremiales 448-8 6 Asociación Gremial de Armadores Artesanales, ARMAR A.G., Registro de Asociaciones Gremiales 384-8 7 Asociación Gremial de Armadores Artesanales de la Octava Región - ASPAS, Registro de Asociaciones Gremiales 395-8 8 Asociación Gremial de Armadores Artesanales y Productores Pelágicos de la Caleta El Morro de Talcahuano, AGEMAPAR, Registro de Asociaciones Gremiales 376-8 9 Asociación Gremial de Armadores Pescadores Artesanales de Lebu, Registro de Asociaciones Gremiales 356-8 10 Asociación Gremial de Armadores y Productores Pelágicos Artesanales de la Octava Región, ARPROPELAR A.G., Registro de Asociaciones Gremiales 353-8 11 Asociación Gremial de Pequeños Armadores, Pescadores y Tripulantes, ITALMAR A.G., Registro de Asociaciones Gremiales 39DTO 452 EXENTO,
ECONOMIA
Art. 1º
D.O. 14.03.20092-8
ECONOMIA
Art. 1º
D.O. 14.03.20092-8
12 ELIMINADA
13 Asociación Gremial de Pescadores Artesanales de Coronel, Registro de Asociaciones Gremiales 5-
8 14 Asociación Gremial de Pescadores Artesanales de Lota - A.G. APESCA Lota, Registro de Asociaciones Gremiales 428-8 15 Asociación Gremial de Pescadores Artesanales de San Vicente - Talcahuano, Registro de Asociaciones Gremiales 18-8 16 Asociación Gremial de Pescadores y Armadores Artesanales Pelágicos de la Región del Bío-
Bío, PESCA MAR A.G., Registro de Asociaciones Gremiales 450-8 17 Asociación Gremial de Productores Pelágicos Armadores Artesanales de las Caletas de Talcahuano, San Vicente y de la Región del Bío Bío, GEMAR A.G., Registro de Asociaciones Gremiales 464-8 18 Asociación Gremial Mar Octava, MAR OCTAVA A.G., Registro de Asociaciones Gremiales 423-8 19 Asociación Gremial Productores Pelágicos, Armadores Artesanales de la Comuna de Coronel, VIII Región, ARPESCA A.G., Registro de Asociaciones Gremiales 447-8 20 Cooperativa de Pescadores Pelilleros Isla Santa María Limitada, Registro de Cooperativas Rol 1826 21 Cooperativa de Pescadores y Armadores
Artesanales de Lota, GEVIMAR, Registro de Cooperativas Rol 4465 22 Sindicato de Pescadores Artesanales del Mar Caleta Laraquete, Registro Sindical Único 08.08.08 23 Sindicato de Trabajadores Independientes de Pescadores Artesanales Lo Rojas y Caletas Anexas del Golfo de Arauco, Registro Sindical Único 08.07.0307 24 Sindicato de Pescadores Artesanales y Armadores Artesanales de la Octava Región, SPAADA SD, Registro Sindical Único 08.05.0339 25 Sindicato de Pescadores y Armadores Artesanales del Mar, SIPARMAR, Registro Sindical Único 08.05.0399 26 Sindicato de Pescadores y Trabajadores
Independientes "Brisas del Mar", Registro Sindical Único 08.04.0115 27 Sindicato de Trabajadores Independientes Armadores, Pescadores y Ramos Afines de la Pesca Artesanal de la Región del Bío-Bío, SARPAR BÍO-BÍO, Registro Sindical Único 08.05.0378 28 Sindicato de Trabajadores Independientes Armadores, Pescadores y Ramos Afines de la Pesca Artesanal Lo Rojas "SITRAL", Registro Sindical Único 08.07.0322 29 Sindicato de Trabajadores Independientes de la Pesca Artesanal, Armadores Pelágicos, Actividades Afines y Actividades Conexas de la Comuna de Talcahuano MAR AZUL, Registro Sindical Único 08.05.0434 30 Sindicato de Trabajadores Independientes de la Pesca Artesanal, Armadores Artesanales Pelágicos, Pescadores Artesanales propiamente tales y Actividades Conexas de Caleta San Vicente "Sindicato Tsunami", Registro Sindical Único 08.05.0428 31 Sindicato de Trabajadores Independientes de la Pesca Artesanal, Buzos Mariscadores, Algueros, Acuicultores y Actividades Conexas de la Caleta Isla Rocuant, Registro Sindical Único 08.05.0090 32 Sindicato de Trabajadores Independientes de Pescadores Artesanales Merluceros y Afines de Caleta Lo Rojas, Registro Sindical Único 08.07.0227 33 Sindicato de Trabajadores Independientes de Pescadores Artesanales, Armadores Artesanales Pelágicos Actividades Afines y Actividades Conexas de la Caleta de San Vicente de la Comuna de Talcahuano, SIPARMARCEA, Registro Sindical Único 08.05.0430.
34 Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores Armadores y Ramos Afines de la Pesca Artesanal, APAT, Registro Sindical Único 08.05.0380 35 Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores Artesanales de Caleta Tumbes -
Talcahuano, Registro Sindical Único 08.05.0057 36 Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores Artesanales Históricos de Talcahuano, SPARHITAL, Registro Sindical Único 08.05.0382 37 Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores Artesanales Península de Tumbes, Registro Sindical Único 08.05.0391 38 Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores Artesanales y Ramos Afines Hermandad Porteña, Registro Sindical Único 08.05.0178 39 Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores Artesanales, Armadores y Actividades Conexas Tomé Los Bagres, Registro Sindical Único 08.06.0024 40 Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores Artesanales, Buzos Mariscadores y Actividades Conexas del Puerto de Coronel de la VIII Región y del Golfo de Arauco, Registro Sindical Único 08.07.0183 41 Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores Artesanales, Lancheros, Acuicultores y Actividades Conexas de Caleta Lota Bajo, Registro Sindical Único 08.07.0106 42 Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores de la Caleta Cocholgüe, Registro Sindical Único 08.06.0023 43 Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores de la Caleta Coliumo, Registro Sindical Único 08.06.0027 44 Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores y Armadores y Ramos Afines de la Pesca Artesanal, SIPARMA - LOTA, Registro Sindical Único 08.07.0306 45 Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores, Armadores y Ramos Afines de la Pesca Artesanal de Coronel, SIPESMAFESA, Registro Sindical Único 08.07.0332 46 Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores, Armadores y Ramos Afines de la Pesca Artesanal de Coronel, SIPARMAR CORONEL, Registro Sindical Único 08.07.0271 47 Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores, Armadores y Ramos Afines, SIPEAYRAS de Lota, Registro Sindical Único 08.07.0296 48 Sindicato de Trabajadores Independientes, Ayudantes de Buzos, Pescadores Artesanales y Algueras y Actividades Conexas de las Caletas Tomé y Quichiuto, Registro Sindical Único 08.06.0043 49 Sindicato de Trabajadores Independientes, Pescadores Artesanales, Armadores Artesanales y Actividades Conexas de la Caleta de Lota, comuna de Lota, VIII Región (SIPAR GENTE DE MAR), Registro Sindical Único 08.07.0326 50 Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores, Armadores y Buzos Mariscadores y Actividades Anexas de Talcahuano, SIPARBUM, Registro Sindical Único 08.05.0424 51 Sindicato de Buzos, Asistentes de Buzos y Armadores "Hermandad de la Costa", Registro Sindical Único 08.05.0404 52 Sindicato Independiente de Armadores y
Pescadores Artesanales Afines, SARPE, Registro Sindical Único 08.05.0398
NOTA
El artículo 1º del DTO 208 Exento, Economía, publicado el 25.02.2011, modifica la presente norma en el sentido de incorporar al listado de organizaciones de pescadores artesanales sometidas al Régimen Artesanal de Extracción en la VIII Región para el período 2009-2011, en las pesquerías de Anchoveta Engraulis ringens y Sardina común, a los sindicatos que en la citada norma se indican.
El artículo 1º del DTO 208 Exento, Economía, publicado el 25.02.2011, modifica la presente norma en el sentido de incorporar al listado de organizaciones de pescadores artesanales sometidas al Régimen Artesanal de Extracción en la VIII Región para el período 2009-2011, en las pesquerías de Anchoveta Engraulis ringens y Sardina común, a los sindicatos que en la citada norma se indican.
Artículo 2º.- La distribución de la fracción artesanal asignada a las pesquerías artesanales de Anchoveta y Sardina común correspondientes a la VIII Región, se efectuará por resolución del Subsecretario de Pesca, considerando las organizaciones antes individualizadas, debiendo reservarse una fracción para ser capturada por los pescadores artesanales no afiliados a las organizaciones señaladas precedentemente, sea que estén afiliados a otras organizaciones o no integren ninguna organización.
NOTA:
El artículo 1º del DTO 452 Exento, Economía, publicado el 14.03.2009, modifica la presente norma en el sentido de eliminar del listado contenido en el artículo 1º, a la Asociación Gremial de Pescadores Artesanales de la Caleta Infiernillo.
El artículo 1º del DTO 452 Exento, Economía, publicado el 14.03.2009, modifica la presente norma en el sentido de eliminar del listado contenido en el artículo 1º, a la Asociación Gremial de Pescadores Artesanales de la Caleta Infiernillo.
Artículo 3º.- El Servicio Nacional de Pesca deberá adoptar las medidas y efectuar los controles que sean necesarios para lograr un efectivo cumplimiento de las disposiciones del presente decreto.
Artículo 4º.- Las infracciones a las disposiciones del presente decreto se sancionarán conforme a las disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuicultura y sus modificaciones citadas en Visto.
Artículo 5º.- El presente decreto regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial y hasta el 31 de diciembre de 2011.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Sra. Presidenta de la República, Jean-Jacques Duhart Saurel, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción (S).
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., María Ángela Barbieri Bellolio, Subsecretaria de Pesca (S).