Artículo 3° El producto del o los empréstitos autorizados contratar por la presente ley, deberá ser invertido en los siguientes fines:

a) Instalación de redes de distribución de
energía eléctrica en los pueblos de la
comuna __________________________________ E°  100.000,-
b) Aporte a ENDESA para las redes
troncales con las líneas de energía eléctrica
de los valles de los ríos Rapel y Mostazal    100.000,-