Primero: El presente reglamento regula la asignación de carga de trabajo a los Receptores Judiciales y la forma en que se calcularán y pagarán los aranceles que les correspondan por la realización de las gestiones que les encomiende la autoridad encargada de coordinar las funciones de notificación y citaciones, en adelante el Centro, con el objeto de asegurar la eficiencia y eficacia de la labor de los tribunales. Para los efectos de este reglamento, todas las funciones otorgadas al Centro, se entenderán entregadas al Centro de Notificaciones de Santiago, mencionado en el artículo segundo, o a cualquiera de las entidades o personas señaladas en el artículo tercero, según corresponda.