"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Ñuñoa, para contratar uno o más empréstitos directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito o bancarias que produzcan hasta la suma de E° 8.270.000, al interés corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en un plazo máximo de diez años.