Artículo 10° Facúltase a la Municipalidad de Tomé para transferir gratuitamente a la Cruz Roja Chilena de Tomé el predio de su propiedad ubicado en la calle Ignacio Serrano s/n. de la comuna de ese nombre, cuyo dominio a favor de la Municipalidad donante se halla inscrito a fojas 387 y vuelta, N° 753 del Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Tomé del año 1948. Este predio sólo puede ser destinado a la instalación de un policlínico y Cruz Roja, y su donación y transferencia estará exenta de todo gravamen, impuesto o derecho."