Artículo 10°- Agrégase al artículo 3° de la ley N° 16.282, publicada en el Diario Oficial del 28 de Julio de 1965, la siguiente letra:
    "f) Autorización para rebajar las presunciones de renta de la propiedad raíz contenida en la Ley de Impuesto a la Renta, respecto de los inmuebles agrícolas o no agrícolas situados en todas o algunas de la comunas comprendidas dentro de la zona del sismo o catástrofe. Esta rebaja afectará únicamente al monto de las rentas que deban declararse por el año calendario en que ocurrió el sismo o catástrofe.".