MODIFICA DECRETO Nº 158, DE 2004
Núm. 669 (Sección "B").- Punta Arenas, febrero 27 del 2009.- Vistos:
- Decreto alcaldicio Nº 158, de 28 de enero del 2004, mediante el cual se aprueba la Ordenanza sobre Registro Público de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos y de Donaciones con Franquicias Tributarias;
- Antecedente Nº 3146, de 25 de febrero del 2009, asignado a Oficio Ord. Nº 25, de la Directora de Control, Secretaria Municipal y Asesor Jurídico (S);
- Acuerdo Nº 91, adoptado por el Concejo
Municipal en Sesión Nº 10 Ordinaria de fecha 27 de febrero del 2009;
- Lo dispuesto en los artículos 63º del texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades;
- Decretos alcaldicios Nº 4.052, de 6 de
diciembre del 2008 y Nos 1.642 y 1.643 de 30 de septiembre del 2004,
Decreto:
1.- Modifícase el decreto alcaldicio Nº 158, de 28 de enero del 2004, mediante el cual se aprueba la Ordenanza sobre Registro Público de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos y de Donaciones con Franquicias Tributarias, en los términos que se indican:
Donde dice: Artículo 22º: Las instituciones con
rendiciones pendientes serán eliminadas
del Registro de Personas Jurídicas
Receptoras de Subvenciones.
Debe decir: Artículo 22º: Las instituciones con
rendiciones pendientes, rechazadas
total o parcialmente, o que no hayan
enterado los dineros no rendidos en
arcas municipales, por subvenciones
municipales otorgadas, no serán
beneficiadas con la aprobación de
nuevas subvenciones hasta que no den
cumplimiento a la entrega de las
rendiciones faltantes.
2.- Déjase establecido que para todos los efectos legales se mantiene vigente todo lo no modificado en el decreto original.
3.- Procédase, por el Departamento de Comunicaciones, a tramitar la publicación del presente decreto alcaldicio.
Anótese, comuníquese, publíquese, y una vez hecho, archívese.- Vladimiro Mimica Cárcamo, Alcalde.- Claudia Casas Karelovic, Secretaria Municipal.