Artículo transitorio.- Autorízase la importación y libérase del pago de derechos de internación, y, en general, de todo derecho o contribución que se perciban por las Aduanas a las siguientes instituciones o personas, por los bienes que se indican:
    1.o- Al Instituto O'Higgins de Rancagua para la importación de aparatos para laboratorios de análisis, de ciencias y de industrias y sus repuestos y a los modelos, deseños y patrones para la enseñanza adquiridos a Phywe A.G., Postfach 665, Goettingen, Alemania, según pedidos de Pentz Cía. Ltda. números 808/3019-A, 808/3019-B, 808/3019-C y 808/3019-D, por un valor total no superior a US$ 5.000.-, los que serán embarcados vía marítima desde Hamburgo a Valparaíso, por intermedio de A. Hartrodt, Alstertor 1, Hamburg, 1, Alemania.
    2.o- Al Instituto Chileno- Alemán Democrático de Cultura de Valparaíso, actualmente denominado Instituto Chile-R.D.A. de Cultura de Valparaíso, para la importación de los siguientes artículos:
    Una proyectora tipo Club 16, N.o 40019,3 maletas, objetivo 3917, equipo parlante, amplificadores y accesorios; 1 telón Stellira 180, tipo regulable; y dos exposiciones gráficas sobre aspectos culturales de la República Democrática Alemana sobre paneles de exhibición, donado por la Sociedad Germano Latinoamericana de la R.D.A.".