Artículo 2°.- Desaféctase de su calidad de bien nacional de uso público, en la superficie de 450 metros cuadrados, el terreno destinado a área verde en la plazoleta de la Población "Clara de Godoy", en la comuna de Los Angeles, departamento de La Laja, provincia de Bío-Bío.
Este terreno desafectado será destinado exclusivamente para construir un Centro Comunitario al servicio de la Población "Clara Godoy" y que se hará por el sistema de autoconstrucción.".