Ley núm. 11,679
ABONA, POR GRACIA, EL TIEMPO QUE INDICA A DON MIGUEL EYZAGUIRRE SALINAS
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Abónanse, por gracia y para todos los efectos legales, en la hoja de servicios del señor Miguel Eyzaguirre Salinas, 12 años, 6 meses, servidos como oficial auxiliar de la Secretaría del Juzgado de Letras de Putaendo, durante el tiempo comprendido entre el 1.o de Enero de 1930 y el 1.o de Junio de 1942."
Y teniendo presente que el Congreso Nacional ha desechado las observaciones formuladas por el Presidente de la República e insistido en la aprobación del proyecto de ley que precede, de acuerdo con el artículo 54 de la Constitución Política del Estado promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a once de Octubre de mil novecientos cincuenta y cuatro.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Jorge Prat E.