Ley núm. 11,680
CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DON DARIO E. ZARATE CABELLO
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Darío E. Zárate Cabello una pensión de cinco mil pesos ($ 5.000) mensuales, de la que disfrutará sin perjuicio de la que actualmente percibe.
El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda."
Y teniendo presente que el Congreso Nacional ha desechado las observaciones formuladas por el Presidente de la República e insistido en la aprobación del proyecto de ley que precede, de acuerdo con el artículo 54 de la Constitución Política del Estado promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a once de Octubre de mil novecientos cincuenta y cuatro.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Jorge Prat E.