ARTICULO 16° Modifícase el inciso 5° del artículo 146° del Código del Trabajo en la siguiente forma:
    a) Elimínase de la enumeración contenida en dicho inciso, al final del número 3°, la palabra "y" y la coma que la precede, y se sustituye con un punto y coma;
    b) Elimínase el punto final del inciso y se reemplaza por la palabra "y" precedida de una coma;
    c) Agrégase al inciso el siguiente número:
    "5.- Empresas que exploten el servicio público de locomoción colectiva de pasajeros y asociaciones o agrupaciones de ellas, dos sueldos vitales mensuales, Escala A), para la industria y el comercio del departamento de Santiago".
    d) En el inciso 6°, suprímese la palabra "y", entre "números 3° y 4°", y se sustituye por una coma, agregándose, después de "4°", las palabras "y 5°".