"Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de Pirque, del departamento de Puente Alto, para contratar uno o más empréstitos, directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito o bancarias, que produzcan hasta la suma de E° 210.000, a un interés no superior al corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en un plazo máximo de diez años.