Artículo único: Modifíquese el decreto supremo Nº 408, de 2006, del Ministerio de Educación, en el siguiente sentido:
a) Reemplázase en el inciso tercero del artículo 1º, la frase "a través del Ministerio de Educación" por la expresión "a través de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas".
b) Sustitúyase en el artículo 2º el guarismo y la expresión "60.000.- (sesenta mil pesos)", por el guarismo y expresión siguiente: "62.500.- (sesenta y dos mil quinientos pesos)" y reemplázase la expresión "para el año 2007" por la frase "para el año en curso".
c) Reemplázase en la letra b) del artículo 3º, la expresión "Decreto Exento de Educación Nº 109, de 2002" por la expresión "Decreto Exento Nº 2.516, de 2007, del Ministerio de Educación".
d) Sustitúyase en la letra c) del artículo 3º, la expresión "durante el año 2007" por la frase "durante el año en curso".
e) Reemplázase en el último párrafo de la letra d) del artículo 3º, la expresión "durante el año 2007" por la frase "durante el año en curso".
f) Intercálanse los siguientes artículos 5º y 6º nuevos, pasando los actuales artículos 5º y 6º, a ser 7º y 8º, respectivamente:
"Artículo 5º: Corresponderá a la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas la administración de la Bonificación.
En el ejercicio de esta función actuará conforme a sus facultades y a las normas que establece el presente decreto, pudiendo especialmente:
- establecer los plazos y formatos de postulación a la Bonificación;
- asignar y pagar la Bonificación, y
- adoptar las medidas y realizar los estudios necesarios para el buen funcionamiento del programa."
"Artículo 6º: Las postulaciones a la Bonificación deberán realizarse directamente por los egresados de la Enseñanza Media Técnico Profesional, interesados en acceder al beneficio, a través de un sistema único de postulación, vía Internet, que estará disponible en el portal Web de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, en el que los interesados deberán ingresar los antecedentes exigidos en el formulario dispuesto para tal efecto.".
g) Reemplázase en el actual artículo 5º, que ha pasado a ser 7º, la frase "el Ministerio de Educación" por la expresión "la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas".
h) Reemplázase en el actual artículo 6º, que ha pasado a ser 8º, la frase "para el año 2007 se imputarán al ítem: 09.01.03.24.03.518, glosa 11." por la siguiente oración "se imputarán al ítem que consulte, para dicho efecto, la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año correspondiente.".