Crea un subsidio al empleo de jóvenes entre 18 y 25 años.

Los beneficiados por este subsidio son los trabajadores dependientes que se rigen por el Código del Trabajo; los trabajadores independientes y; sus respectivos empleadores.

El subsidio lo entrega el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) o las instituciones con las que se celebre convenio para ello. Se cancela al empleador en forma mensual, mientras que el trabajador puede elegir si lo quiere recibir en forma mensual o anual.

El monto del subsidio depende del tramo de ingresos del trabajador.

Entra en vigencia el 1 de julio de 2009.

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    Artículo 2º.- Para los efectos de este subsidio se entenderá por:

    a) Rentas brutas: las rentas definidas para efecto de la aplicación del impuesto a la renta sumadas las cotizaciones previsionales y sin deducción alguna.
    b) Rentas del trabajo: aquellas definidas en el artículo 41 del Código del Trabajo y aquellos ingresos señalados en el N°2° del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
    c) Año calendario: el período de doce meses que termina el 31 de diciembre.