MODIFICA ARTÍCULO N° 13 DE LA ORDENANZA N° 22, DE 2009

    San Carlos, 23 de marzo de 2009.- La Alcaldía ha dictado hoy el siguiente:
    Núm. 110-996 exento (SM).- Vistos: La Ordenanza Municipal N° 22, de 23.01.09 "Ordenanza que Regula la Autorización y Explotación Comercial de Máquinas de Habilidad, Destreza y Juegos Similares"; el acuerdo N° 109 de 18.03.09 del Concejo Municipal de San Carlos; y, las facultades que me confiere la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades,

    Decreto:
 
    Modifíquese el artículo N° 13 de la Ordenanza N° 22 "Ordenanza que Regula la Autorizacion y Explotacion Comercial de Máquinas de Habilidad, Destreza y Juegos Similares", quedando como sigue:
    Artículo 13°: Los establecimientos destinados a la explotación comercial regulada por la presente ordenanza y que en la actualidad se encuentran funcionando sin los permisos municipales correspondientes deberán regularizar su situación en un plazo máximo de 30 días corridos contados desde la vigencia de esta Ordenanza, otorgándose un plazo adicional de 90 días corridos solo para presentar el informe o certificado referido en el artículo 3º de esta Ordenanza, debiendo cumplir con las restantes normativas o exigencias.
    En el intertanto y mientras dicho informe o certificado no se acompañe cualquier permiso municipal tendrá el carácter de precario o transitorio.

    Anótese, comuníquese y publíquese en la prensa local y en la página web del Municipio, archívese.- Hugo Naim Gebrie Asfura, Alcalde.- Hernán Millán Illanes, Secretario Municipal.