CONCEDE PERSONALIDAD JURÍDICA Y APRUEBA ESTATUTOS A "ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO CÍRCULO DE LA AMISTAD ESCUELA DE ARTES Y OFICIOS", DE SANTIAGO

    Núm. 429 exento.- Santiago, 30 de enero 2009.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el decreto supremo de Justicia N°110, de 1979, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, modificado por el decreto supremo de Justicia N°679, de 2003, publicado en el Diario Oficial de fecha 13 de febrero de 2004; en el decreto supremo de Justicia N°292, de 1993, publicado en el Diario Oficial de 28 de mayo de 1993, modificado por decreto supremo de Justicia N°3.314, de 2004, publicado en el Diario Oficial con fecha 20 de octubre de 2004; y en la resolución Nº1.600, de 2008, publicada en el Diario Oficial de 6 de noviembre de 2008, de la Contraloría General de la República,

    Decreto:

    1.- Concédese personalidad jurídica a la entidad denominada "Organización No Gubernamental de Desarrollo Círculo de la Amistad Escuela de Artes y Oficios", que podrá usar también el nombre de "O. N. G. Círculo de la Amistad Escuela de Artes y Oficios", con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago.

    2.- Apruébanse los estatutos por los cuales se ha de regir la citada entidad, en los términos que dan testimonio el instrumento protocolizado bajo el Nº391, con fecha 14 de mayo de 2008 y la escritura pública de fecha 11 de noviembre de 2008, ante los Notarios Públicos de Santiago, don Roberto Mosquera Gallegos, el primero, y don Cosme Fernando Gomila Gatica, la segunda.

    3.- Remítase copia del presente decreto al Ministerio de Planificación.


    Anótese, comuníquese y publíquese. Por orden de la Presidenta de la República, Carlos Maldonado Curti, Ministro de Justicia.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Patricio Reyes Zambrano, Subsecretario de Justicia (S).