Artículo 1°- Autorízase a la Municipalidad de El Monte para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile o cualquiera otra institución de crédito o bancaria, uno o más empréstitos hasta por la suma de seiscientos mil escudos (E° 600.000), a un interés no superior al corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en un plazo máximo de diez años.