Artículo 102.- Se autoriza a la Corporación de Servicios Habitacionales para que, durante el curso del año 1970, proceda a condonar con arreglo a lo dispuesto en el artículo 3° de la ley N° 15.907, el préstamo de un valor primitivo de E° 53.719,50, que concedió a la Congregación Salesiana de Talca, para terminar la construcción de un gimnasio cubierto, según consta de la escritura pública de 4 de Febrero de 1969 otorgada ante el notario de Talca señor Sergio Mendoza Aylwin.