Artículo 89.- Créase a contar del 1.o de Enero de 1970 en la Planta B del Servicio Exterior, Presupuesto en escudos, los siguientes cargo con la categoría y sueldos que se indican:
2 Ministros Consejeros, o Cónsules Generales de Primera Clase, Segunda Categoría Exterior, sueldo anual Eº 47.256, sueldo total Eº 94.512.
2 Ministros Consejeros o Cónsules Generales de 2a Clase, 3a categoría Exterior, sueldo anual Eº 39.108, sueldo total Eº 78.216.
2 Consejeros o Cónsules Generales de 3a Clase, 4a Categoría Exterior, sueldo anual Eº 32.196, sueldo total anual Eº 64.398.
2 Secretarios o Cónsules de 1a Clase, 5a Categoría Exterior, sueldo anual Eº 29.304, sueldo total Eº 58.608.
4 Secretarios o Cónsules de 2a Clase 6a Categoría Exterior, sueldo unitario anual Eº 27.600, sueldo total Eº 110.400.
Estos sueldos se entenderán reajustados al 1o de Enero de 1970 en los mismos porcentajes que lo sean los correspondientes a su categroría.