Artículo 33°.- Los Museos del Estado dependientes del Ley 21045
Art. 42 N° 5
D.O. 03.11.2017
Servicio Nacional del Patrimonio Cultural podrán efectuar entre ellos canjes y préstamos de colecciones u objetos repetidos, previa autorización del Director Nacional del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, otorgada mediante resolución fundada.