Artículo 13°.- Autorízase a la Municipalidad de Lumaco para celebrar convenios con la Dirección de Equipamiento Comunitario del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, destinados a efectuar, con cargo a los fondos de la Dirección nombrada y de acuerdo con sus programas y prioridades, las siguientes obras:
    a) Construcción de un terminal de buses, con refugio para peatones, en el pueblo de Lumaco;
    b) Construcción de un gimnasio cubierto, para el fomento del deporte en la comuna, y
    c) Otras obras de adelanto local.