"Artículo 1°- Autorízase a la Municipalidad de Concepción para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones bancarias o de crédito, uno o más empréstitos que produzcan hasta E° 10.000.000,00, a un interés que no exceda del corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda dentro de 10 años.
Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones bancarias o de crédito para tomar el o los préstamos autorizados.