Artículo 27°.- Las citaciones a reuniones generales ordinarias y extraordinarias se harán mediante un aviso de prensa publicado en un diario de la ciudad asiento del Consejo General, con la indicación del día, lugar y hora en que debe verificarse la reunión, y su objeto si ella fuere extraordinaria. Dicho aviso será publicado a lo menos quince días antes del designado para la reunión.