Artículo 3°- El producto del o los empréstitos que se contraten de acuerdo a la autorización concedida en el artículo 1° será invertido por la Municipalidad de Panguipulli de la siguiente forma:
a) Construcción de un cine o sala de espectáculos, incluyendo equipo de proyección, adquisición de terrenos: E° 500.000.-
b) Construcción de un hotel, incluyendo adquisición de terrenos. La Municipalidad podrá cumplir esta finalidad por cuenta propia o mediante convenios con Hotelera Nacional S. A. u otras empresas constructoras:
E° 600.000.
c) Remodelación urbana de Panguipulli, consistente en adquisición o expropiación de terrenos, trabajos directos de urbanización o aportes a los organismos fiscales correspondientes: E° 400.000.-
d) Construcción o habilitación de hosterías en lugares de la comuna de Panguipulli, que esa Municipalidad designe: E°500.000.