Artículo 3°- Declárase que los loteos aprobados por la Municipalidad de Iquique, correspondientes a las Poblaciones O'Higgins, Caupolicán, Bandera, 13 de Noviembre, Orella, José Miguel Carrera, Arturo Prat, San Carlos y Norte Hospital de esa ciudad, cumplen con todos los requisitos legales y con las exigencias señaladas en los artículos 24 y 25 del decreto supremo N° 2.411, de 1962 y en la Ordenanza Local de Iquique.