RESTABLECE MANDATO DE LAS AUTORIDADES DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE QUE SEÑALA, POR EL TIEMPO QUE INDICA
Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su
"Artículo único.- El mandato del Rector y del Secretario General de la Universidad de Chile elegidos en conformidad a la ley N° 17.200, como asimismo el del Consejo Superior Provisional del Congreso Universitario Transitorio y de los Consejos Normativos de Facultad constituidos por la misma ley, y el mandato de las demás autoridades unipersonales se restablecerán desde el 23 de Septiembre de 1970 y hasta la asunción de las autoridades u organismos llamados a sustituirlos, conforme se establezca en el nuevo Estatuto Universitario.".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, siete de Octubre de mil novecientos setenta.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Máximo Pacheco Gómez, Ministro de Educación.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Ernesto Livacic Gazzano, Subsecretario de Educación Pública.