ARTICULO 8°- Suspéndese, por el presente año, la autorización contenida en el inciso 2° del artículo 59° del DFL. N° 47, de 1959.
Los Servicios funcionalmente descentralizados podrán efectuar traspasos entre ítem o subdivisiones de ítem de un mismo presupuesto, previa autorización escrita de la Dirección de Presupuestos.
Los decretos que se dicten en uso de la facultad que concede el artículo 50° del DFL. N° 47, deberán llevar, además de la firma del Ministro del ramo, la del Ministro de Hacienda.