ARTICULO 29°- El Ministro de Hacienda con informe de la Dirección de Presupuestos y la Oficina de Planificación Nacional establecerá los sistemas y normas de control de resultados a aplicarse en los Servicios Fiscales y en las Instituciones Descentralizadas para el funcionamiento del Presupuesto por Programas.
    Los Jefes de los Servicios Fiscales e Instituciones Descentralizadas serán responsables de mantener registros de medición de resultados y de costos eRECTIFICACION
D.O. 12.01.1971
informar oportunamente de las realizaciones alcanzadas.