Artículo 5°.- Reconócese a doña María Izquierdo Edwards el derecho a disfrutar de los beneficios de la ley N° 10.000, en su calidad de viuda del ex funcionario de la Cámara de Diputados don Jorge Montes Valdés, a partir del 1° de Enero de 1970.
    El mayor gasto que importe la aplicación de este artículo se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.