Artículo 7°.- La Corporación de Mejoramiento Urbano transferirá en la remodelación San Borja a las cónyuges sobrevivientes de los oficiales de la Fuerza Aérea de Chile, comandante de escuadrilla Julio Frías Fernández, capitán de bandada Luis Corsi Seroni y capitán de bandada Rudy Ebensperger Bohler, de modo preferente y a título gratuito, una vivienda adecuada al grupo familiar del causante. La transferencia no estará gravada por impuesto alguno ni será necesario el trámite de insinuación, quedando las viviendas afectas a la prohibición de enajenar por diez años, a contar de la fecha de la transferencia.
    De los beneficios que otorga este artículo gozará también la cónyuge sobreviviente del segundo comandante del Grupo de Aviación N° 1, Los Cóndores, señor Max Wanner Wanner.
    Para los efectos del montepío se entenderá que los oficiales mencionados tenían cumplido el tiempo de permanencia mínima en su grado.
    Condónanse las deudas contraídas por estos oficiales en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional.
    Los beneficios establecidos en este artículo, no excluyen los derechos que las leyes o los reglamentos otorguen en su caso.
    El gasto que demande el presente artículo se imputará al ítem de Pensiones del Ministerio de Hacienda.