Artículo 4.°- Destínase, con el objeto de atender el servicio del o los empréstitos que contrate la Municipalidad de Paillaco, el rendimiento de la tasa parcial sobre el avalúo imponible de los bienes raíces de la comuna, establecida en la letra e) del artículo 2.° del decreto de Hacienda N.° 2.047, de 29 de Julio de 1965, reglamentario de la ley N.° 15.021.