ARTICULO 16° El reajuste que de conformidad a lo establecido en la presente ley, corresponderá a los empleados y obreros de la Empresa Municipal de Desagües de Valparaíso y Viña del Mar, se financiará aplicando a su presupuesto ordinario hasta el 20% del producido anual de los recursos contemplados en el artículo 20° de la ley 17.235.