Artículo 3°.- Suprímense en el inciso primero del artículo 12 de la Ley N° 17.155, de 11 de junio de 1969, las palabras "cuantías y las" y "unas u otras", como asimismo las comas (,) que preceden y siguen a estas últimas.
Suprímense en el inciso segundo del mismo artículo las palabras "cuantías y".