ARTICULO 1° Créase la "Comisión Chilena para la Conferencia Mundial de Comercio y Desarrollo" (UNCTAD III), como persona jurídica de derecho público, autónoma y con patrimonio propio.
Su domicilio es Santiago de Chile, su representante legal es su Presidente y se vincula con el Gobierno por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores.