Artículo 4.- El Ministerio de Obras Públicas y Transportes destinará a partir del año 1972, el 0,5% de los recursos provenientes de la aplicación del artículo 26 de la ley N.° 16.624, para dar término a la construcción de la "Avenida Costanera Vicepresidente Edmundo Pérez Zujovic", de la ciudad de Antofagasta.".