TRANSFIERE LA PROPIEDAD QUE INDICA A LA FEDERACION PROVINCIAL DE VALPARAISO DE LA CONFEDERACION MUTUALISTA DE CHILE
    Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su
    "Artículo único.- El Fisco deberá transferir gratuitamente a la Federación Provincial de Valparaíso de la Confederación Mutualista de Chile la propiedad fiscal ubicada en calle Independencia N° 2187, de la ciudad, comuna, departamento y provincia de Valparaíso, inscrita a fojas 776, N° 2.641 del Registro de Propiedad del año 1907, en el Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, de una superficie aproximada de 1.293 metros cuadrados e individualizada en el plano N° 638, y deslinda: Norte, Plaza Parque Italia, de la Municipalidad de Valparaíso, en 28,05 metros: Este, calle General Cruz, en 56.15 metros; Sur, calle Independencia, en 2325 metros, y Plaza Parque Italia, de la Municipalidad de Valparaíso, en 6.60 metros, y Oeste. Plaza Parque Italia, de la Municipalidad de Valparaíso en línea quebrada de 34.05 metros y 21,15 metros.
    La Federación Provincial de Valparaíso de la Confederación Mutualista de Chile deberá destinar la propiedad individualizada en el inciso anterior directa y exclusivamente al cumplimiento de sus fines propios.".
    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, veintiuno de Diciembre de mil novecientos setenta y uno.- SALVADOR ALLENDE GOSSENS.- Presidente de la República.- Humberto Martones M., Ministro de Tierras y Colonización.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Lautaro Ojeda Herrera, Subsecretario de Tierras y Colonización.