Artículo 5.- En caso de no contratarse el o los empréstitos autorizados, la Municipalidad de Fresia podrá girar con cargo al tributo establecido en el artículo anterior para su inversión directa en las obras señaladas en el artículo 3, y hasta la total ejecución de las mismas.
    Podrá, asimismo, destinar a la ejecución de las mencionadas obras, el excedente que se produzca entre esos recursos y el servicio de la deuda, en el evento de que el o los empréstitos se contrajeran por un monto inferior al autorizado.