Artículo 5°- Cuando exista duda acerca de laDS 166
HDA 1972 imputación precisa que deba darse a un gasto determinado, resolverá en definitiva la Dirección de Presupuestos, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a la Contraloría General de la República.
HDA 1972 imputación precisa que deba darse a un gasto determinado, resolverá en definitiva la Dirección de Presupuestos, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a la Contraloría General de la República.
Los excesos presupuestarios de ítem no decretables de remuneraciones y asignación familiar producidos en el año anterior podrán ser declarados de abono a la cuenta "Deudores Presupuestarios" de la Contraloría General de la República, previo informe fundado de dicho organismo.
Para los efectos de determinar los excesos correspondientes al año 1971-en los ítem de remuneraciones- deberá considerarse la situación deficitaria o de superávit que presente cada ítem en los diferentes Programas del Servicio, efectuándose las compensaciones a que hubiere lugar.